Gastos corrientes

Además de los gastos estándar como por ejemplo mantenimiento, limpieza etc. hay otros gastos e impuestos que tiene que tener en cuenta como propietario.

Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). El propietario debe pagar este impuesto local. Se calcula en base al valor catastral que en la mayoría de los casos es mucho menor que el precio de compra. La tarifa varía del 0,4% hasta el 1,1% de este valor, dependiendo de la localidad y el tipo de vivienda. El mismo Ayuntamiento grava una vivienda en una zona rural de forma inferior que un equiparable tipo de vivienda situada en una zona edificada.

Impuesto sobre el Patrimonio. Desde enero de 2008 ha existido una exención al pago de este impuesto por lo que no es necesario presentar esta declaración. Parece que desde el año 2012 esto va a cambiar.

Impuesto sobre la Renta y el alquiler de inmuebles. Consulte con su asesor fiscal.

Comunidad de Propietarios. Cuando una vivienda forma parte de una urbanización o siempre que haya zonas comunes existe la obligación legal de crear una Comunidad de Propietarios. Usted estará obligado a pagar una cuota de comunidad proporcional al porcentaje del que sea propietario en la totalidad del inmueble. Cada año se celebra una Junta General de propietarios en la se presenta el presupuesto para el año siguiente y que debe ser aprobado.

Seguro. De continente y contenido. Incluso cuando la vivienda forma parte de una Comunidad de Propietarios y esta tiene un seguro de continente colectivo, Excellent Spain le recomienda contratar un seguro de contenido propio para tener cubiertas todas las incomodidades. Puede consultarnos libremente sobre esta cuestión.

Esta información ha sido confeccionada juntamente con el despacho de abogados Arcos & Lamers Asociados.